El derecho a la propia imagen

  1. AZURMENDI ADARRAGA, ANA
Zuzendaria:
  1. Carlos Soria Sáiz Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad de Navarra

Defentsa urtea: 1991

Epaimahaia:
  1. José María Desantes Guanter Presidentea
  2. Norberto González Gaitano Idazkaria
  3. Miguel Urabayen Cascante Kidea
  4. Teodoro González Ballesteros Kidea
  5. Ángel Faus Belau Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 32737 DIALNET

Laburpena

EL DERECHO A LA PROPIA IMAGEN CUENTA CON UNA HISTORIA JURIDICA DE ALGO MAS DE 150 AÑOS. ACTUALMENTE TIENE UNAS SEÑAS DE IDENTIDAD PROPIAS QUE LE DIFERENCIAN DEL DERECHO A LA INTIMIDAD Y DEL DERECHO AL HONOR. LOS AUTORES Y LA JURISPRUDENCIA HAN SIDO SUS PRINCIPALES CONFIGURADORES. TANTO EN EUROPA-ALEMANIA, FRANCIA, ITALIA Y ESPAÑA SON LOS PAISES CON MAYOR INTERES EN ESTE TEMA- COMO EN ESTADOS UNIDOS, LA CONSOLIDACION DE ESTE DERECHO TIENE UNA ESPECIAL DEUDA CON LA ACTIVIDAD INFORMATIVA, PUESTO QUE HA SIDO EN LA TAREA COTIDIANA DE LOS PERIODISTAS DONDE LOS CONFLICTOS CON EL DERECHO A LA PROPIA IMAGEN HAN PLANTEADO LA NECESIDAD DE SU PROTECCION. EL DERECHO A LA PROPIA IMAGEN Y EL DERECHO A LA INFORMACION TIENEN ASPECTOS COMUNES QUE INDUCEN A UNA NUEVA COMPRENSION DE SUS RELACIONES: NO ES SUFICIENTE CON HABLAR EN TERMINOS DE DERECHO BASE-EL DERECHO A LA INFORMACION Y DE DERECHO LIMITE-EL DERECHO A LA PROPIA IMAGEN-; PORQUE SON DOS DERECHOS QUE TIENEN UNA PARTICULAR SINTONIA.