El amparo estructural de los derechos

  1. Gutiérrez Beltrán, Andrés Mauricio
Dirigida por:
  1. Juan María Bilbao Ubillos Director/a
  2. César Aguado Renedo Director/a

Universidad de defensa: Universidad Autónoma de Madrid

Fecha de defensa: 14 de julio de 2016

Tribunal:
  1. Manuel Aragón Reyes Presidente/a
  2. Juan José Solozábal Echavarría Secretario/a
  3. Humberto Sierra Porto Vocal
  4. M. Paloma Biglino Campos Vocal
  5. Ángel José Gómez Montoro Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

La investigación versa sobre una de las manifestaciones más llamativas y, si se quiere, más extremadas de la judicialización de la política: el amparo estructural de los derechos. En síntesis, las sentencias estructurales son decisiones judiciales que procuran remediar violaciones generalizadas y sistemáticas de los derechos de los ciudadanos ordenando a las autoridades el diseño y la implementación de políticas públicas. Los tribunales que hacen uso de ellas pretenden restablecer los derechos de nutridos grupos sociales cuyos intereses no han sido protegidos por las autoridades. Se trata, por lo general, de colectividades socialmente marginadas que no cuentan con una representación política adecuada y que enfrentan graves problemas sociales que no consiguen ingresar en la agenda política. Debido al elevado número de víctimas —que se cuentan por millones en ciertos casos— y a la enorme complejidad del desafío que supone el resarcimiento efectivo de sus derechos, los tribunales recurren en estos procesos a remedios judiciales extraordinarios: en vez de disponer la reparación de los derechos subjetivos infringidos, ordenan la puesta en marcha de políticas públicas de carácter general dirigidas a abolir las causas estructurales de la discriminación que aquéllos padecen. En la indagación se realiza un minucioso análisis de las manifestaciones de este fenómeno en los ordenamientos jurídicos internos y en los sistemas regionales de derechos humanos. Debido a que la expedición de estos fallos supone un activo involucramiento de los tribunales en ámbitos tradicionalmente reservados a las autoridades representativas, también se aborda el problema de la legitimidad democrática de estas intervenciones judiciales. Y, para terminar, se examinan tanto las causas que provocan el surgimiento de los fallos estructurales como los efectos que ellos producen en las sociedades. Sobre este último asunto, se concluye que, si bien los tribunales pueden contribuir a los procesos de transformación social que subyacen a estos procesos exigiendo a las autoridades un compromiso más activo en la materialización de los derechos, los jueces cuentan con una capacidad muy limitada para adelantar por su cuenta dichos procesos de cambio social.