El derecho a la objeción de concienciaregulación positiva y fundamentación doctrinal

  1. OJEDA RUIZ DE LUNA RAFAEL
Zuzendaria:
  1. Jorge Otaduy Guerín Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad de Navarra

Defentsa urtea: 1987

Epaimahaia:
  1. Carmelo de Diego-Lora Presidentea
  2. Rafael Rodríguez Ocaña Idazkaria
  3. Jorge Otaduy Guerín Kidea
  4. Ángel Marzoa Rodríguez Kidea
  5. Arturo Cattaneo Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 17430 DIALNET

Laburpena

LA OBJECION DE CONCIENCIA SE HA CONFIGURADO EN LAS FORMULACIONES DOCTRINALES MASRECIENTES COMO UN VERDADERO DERECHO FUNDAMENTAL DE LA PERSONA HUMANA; ASI RECONOCIDO EN CIERTOS TEXTOS INTERNAIONALES EUROPEOS DESPUES DE UN ELABORADO PROCESO HISTORICO. ESTUDIAMOS COMO SE IMPLANTA ESTA FIGURA -CON REFERENCIA PRECISA AL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO- EN LOS EE.UU. ITALIA Y FRANCIA ANTES DE ABORDAR LA TEMATICA EN NUESTRO PROPIO PAIS. CONSIDERAMOS LOS TEXTOS LEGISLATIVOS LAS APORTACIONES DOCTRINALES LA JURISPRUDENCIA Y LA REPERCUSION SOCIAL DEL FENOMENO OBJECIONISTA. DEDUCIENDO LOS RASGOS COMUNES ANALIZAMOS LA RELACION ENTRE LA EVOLUCION CONCEPTUAL DE LA OBJECION DE CONCIENCIA Y SU REGIMENPOSITIVO. HEMOS OBSERVADO EN ESTE ULTIMO ALGUNOS ASPECTOS NO COMPATIBLES CON LA NATURALEZA DE DERECHO FUNDAMENTAL QUE PARECE CORRESPONDERLE A LA OBJECION DE CONCIENCIA.