Autonomía y dependencia de la persona jurídica en la administración de sus bienes. Consideración desde el C. V. II hasta la codificación de 1983
- JAUSET CLIVILLE FRANCISCO JAVIER
- José Antonio Fuentes Zuzendaria
Defentsa unibertsitatea: Universidad de Navarra
Defentsa urtea: 1998
- Carmelo de Diego-Lora Presidentea
- José Bernal Pascual Idazkaria
- José Antonio Fuentes Kidea
- Javier Otaduy Guerín Kidea
- Daniel Cenalmor Palanca Kidea
Mota: Tesia
Laburpena
Se estudia, en primer lugar, el Concilio Vaticano II, desde su preparación hasta la redacción definitiva de los documentos conciliares. Se recogen las aportaciones de los Obispos para la preparación del Concilio, y las discusiones posteriores en el Aula Conciliar, sobre todos aquellos temas que afectaban a los bienes temporales en la Iglesia y su uso. En segundo lugar se contemplan las actuaciones Magisteriales y disposiciones normativas que fueron regulando lo que el Concilio Vaticano II había señalado que debía reformarse sobre los bienes temporales en la Iglesia. Finalmente, y considerando desde la tarea codificadora las disposiciones promulgadas en el Código de Derecho Canónico de 1983, se recogen las normas en relación a la titularidad de los bienes en la Iglesia, y su autonomía y dependencia en la administración. Se contemplan, además, aquellas disposiciones que señalan controles por parte de la Jerarquía. En la tesis se muestra la visión del Aula Conciliar en la que, defendiendo la comunidad de bienes, se desdibujaban la titularidad y la administración de bienes como algo propio de cada persona jurídica. Del periodo posconciliar y de la tarea de codificación normativa se destaca que los controles que la autoridad tiene sobre los actos de administración, no cambian ni el dominio ni la responsabilidad de los bienes.