El error sobre la condición servil en el matrimonio canónico

  1. FRAXANET AVELLANET, CARLOS
Dirigida por:
  1. Juan Ignacio Bañares Parera Director

Universidad de defensa: Universidad de Navarra

Año de defensa: 1996

Tribunal:
  1. Eloy Tejero Tejero Presidente/a
  2. Piotr Majer Secretario/a
  3. José Antonio Fuentes Vocal
  4. Juan Ignacio Bañares Parera Vocal
  5. Rafael Rodríguez Ocaña Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 56925 DIALNET

Resumen

ANTES DE PROFUNDIZAR EN EL ESTUDIO DE LA FIGURA DEL ERROR CONDITIONIS SERVILIS EN EL MATRIMONIO CANONICO, EL AUTOR DEDICA DOS CAPITULOS AL ANALISIS DE LA SITUACION JURIDICO- SOCIAL DEL ESCLAVO, EL MATRIMONIO Y LA FAMILIA DENTRO DEL ORDENAMIENTO Y LA SOCIEDAD ROMANA DESDE LOS PRINCIPIOS DE LA ERA CRISTIANA; ASI COMO DE LAS ENSEÑANZAS DE LA IGLESIA PRIMITIVA ACERCA DE LA ESCLAVITUD Y DEL MATRIMONIO, Y LA INFLUENCIA QUE TALES ENSEÑANZAS EJERCERAN EN LA POSTERIOR EVOLUCION DEL DERECHO ROMANO POR LO QUE SEREFIERE A LAS MENCIONADAS INSTITUCIONES. EN EL CAPITULO TERCERO SE INICIA EL ESTUDIO DE LAS DISTINTAS ETAPAS DE ELABORACION, UNIFICACION Y FIJACION DE LA FIGURA DEL ERROR CONDITIONIS SERVILIS EN EL DERECHO DE LA IGLESIA, ASI COMO LAS RAZONES FILOSOFICAS Y TEOLOGICAS QUE SE APORTAN EN LOS TEXTOS DE GRANDES MAESTROS DE LA TEOLOGIA PARA FUNDAMENTAR ESTA SINGULAR FIGURA, CONSIDERADA POR LA GRAN MAYORIA DE LA DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA CANONICAS COMO LA UNICA VERDADERA EXCEPCION A LA IRRELEVANCIA JURIDICA, A EFECTOS DE LA NULIDAD DEL MATRIMONIO, QUE SIEMPRE HA TENIDO EN EL DERECHO MATRIMONIAL CANONICO EL ERROR QUALITATIS PERSONAE. LOS PRECEDENTES NORMATIVOS Y LOS TRABAJOS DE ELABORACION DEL C. 1083, 2 DEL CODIGO DE 1917 -CUYO NUMERO 2 SE REFIERE ESPECIFICMENTE AL ERROR DE CONDICION SERVIL- SON EL OBJETO DE ESTUDIO DEL CUARTO CAPITULO, QUE SE COMPLETA CON EL ANALISIS EXEGETICO Y DOCTRINAL DEL MENCIONADO CANON, A LA LUZ DE LOS COMENTARIOS E INTERPRETACIONES DIFUNDIDAS POR LA LITERATURA CANONICA POSTERIOR AL CODIGO DE 1917. FINALMENTE, EN EL ULTIMO CAPITULO, TRAS RECORRER CON DETALLE LAS ETAPAS QUE CONDUJERON A LA REFORMA DE LA LEGISLACION SOBRE EL ERROR DE HECHO EN EL CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL, OPERADA EN EL CODIGO DE 1983, EL AUTOR ANALIZA LOS NUEVOS CANONES EN LA MATERIA (CC. 1097 Y 1098), HACIENDO HINCAPIE EN LA POSIBLE RELACION EXISTENTE ENTRE LA DESAPARICION DE LA FIGURA DEL ERROR DE CONDICION SERVIL Y LA INTRODUCCION DEL DOLO COMO