El error sobre la condición servil en el matrimonio canónico
- FRAXANET AVELLANET, CARLOS
- Juan Ignacio Bañares Parera Director
Universidad de defensa: Universidad de Navarra
Año de defensa: 1996
- Eloy Tejero Tejero Presidente/a
- Piotr Majer Secretario/a
- José Antonio Fuentes Vocal
- Juan Ignacio Bañares Parera Vocal
- Rafael Rodríguez Ocaña Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
ANTES DE PROFUNDIZAR EN EL ESTUDIO DE LA FIGURA DEL ERROR CONDITIONIS SERVILIS EN EL MATRIMONIO CANONICO, EL AUTOR DEDICA DOS CAPITULOS AL ANALISIS DE LA SITUACION JURIDICO- SOCIAL DEL ESCLAVO, EL MATRIMONIO Y LA FAMILIA DENTRO DEL ORDENAMIENTO Y LA SOCIEDAD ROMANA DESDE LOS PRINCIPIOS DE LA ERA CRISTIANA; ASI COMO DE LAS ENSEÑANZAS DE LA IGLESIA PRIMITIVA ACERCA DE LA ESCLAVITUD Y DEL MATRIMONIO, Y LA INFLUENCIA QUE TALES ENSEÑANZAS EJERCERAN EN LA POSTERIOR EVOLUCION DEL DERECHO ROMANO POR LO QUE SEREFIERE A LAS MENCIONADAS INSTITUCIONES. EN EL CAPITULO TERCERO SE INICIA EL ESTUDIO DE LAS DISTINTAS ETAPAS DE ELABORACION, UNIFICACION Y FIJACION DE LA FIGURA DEL ERROR CONDITIONIS SERVILIS EN EL DERECHO DE LA IGLESIA, ASI COMO LAS RAZONES FILOSOFICAS Y TEOLOGICAS QUE SE APORTAN EN LOS TEXTOS DE GRANDES MAESTROS DE LA TEOLOGIA PARA FUNDAMENTAR ESTA SINGULAR FIGURA, CONSIDERADA POR LA GRAN MAYORIA DE LA DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA CANONICAS COMO LA UNICA VERDADERA EXCEPCION A LA IRRELEVANCIA JURIDICA, A EFECTOS DE LA NULIDAD DEL MATRIMONIO, QUE SIEMPRE HA TENIDO EN EL DERECHO MATRIMONIAL CANONICO EL ERROR QUALITATIS PERSONAE. LOS PRECEDENTES NORMATIVOS Y LOS TRABAJOS DE ELABORACION DEL C. 1083, 2 DEL CODIGO DE 1917 -CUYO NUMERO 2 SE REFIERE ESPECIFICMENTE AL ERROR DE CONDICION SERVIL- SON EL OBJETO DE ESTUDIO DEL CUARTO CAPITULO, QUE SE COMPLETA CON EL ANALISIS EXEGETICO Y DOCTRINAL DEL MENCIONADO CANON, A LA LUZ DE LOS COMENTARIOS E INTERPRETACIONES DIFUNDIDAS POR LA LITERATURA CANONICA POSTERIOR AL CODIGO DE 1917. FINALMENTE, EN EL ULTIMO CAPITULO, TRAS RECORRER CON DETALLE LAS ETAPAS QUE CONDUJERON A LA REFORMA DE LA LEGISLACION SOBRE EL ERROR DE HECHO EN EL CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL, OPERADA EN EL CODIGO DE 1983, EL AUTOR ANALIZA LOS NUEVOS CANONES EN LA MATERIA (CC. 1097 Y 1098), HACIENDO HINCAPIE EN LA POSIBLE RELACION EXISTENTE ENTRE LA DESAPARICION DE LA FIGURA DEL ERROR DE CONDICION SERVIL Y LA INTRODUCCION DEL DOLO COMO