El acceso a los cargos y funciones públicas (un estudio del artículo 23.2 de la constitución)
- PULIDO QUECEDO, MANUEL
- Francisco González Navarro Zuzendaria
Defentsa unibertsitatea: Universidad de Navarra
Defentsa urtea: 1992
- Sebastián Martín-Retortillo Baquer Presidentea
- Faustino Cordón Moreno Idazkaria
- Javier Salas Hernández Kidea
- Francisco Rubio Llorente Kidea
- Pedro Cruz Villalón Kidea
Mota: Tesia
Laburpena
EL DERECHO DE ACCESO A LOS CARGOS Y FUNCIONES PUBLICAS ES UN DERECHO FUNDAMENTAL QUE PARTICIPA DE LOS CARACTERES DE DERECHO SUBJETIVO TIPICO Y AL MISMO TIEMPO REACCIONAL. JUNTO A ELLO ES PRECISO DESTACAR QUE EL DERECHO RECONOCIDO EX ART. 23.2 CE CONTIENE UNA REGLA RELATIVA A LA ORGANIZACION DE LA FUNCION PUBLICA DEL ESTADO, LA DE QUE EL ACCESO A LAS FUNCIONES PUBLICAS DEBE HACERSE EN CONDICIONES DE IGUALDAD SEGUN LOS PRINCIPIOS DE MERITO Y CAPACIDAD. LA NATURALEZA DEL DERECHO RECONOCIDO EN EL ART. 23.2 CE COMO DE CONFIGURACION LEGAL (JUNTO A OTRAS NOTAS COMO LA DE DERECHO DE PARTICIPACION Y DE NATURALEZA NO SUSTANTIVA) NO POSIBILITA APODERAMIENTOS INCONDICIONADOS QUE DESFIGUREN SU CONTENIDO ESENCIAL. EN ESTE SENTIDO PUEDE SEÑALARSE QUE LA LABOR INTERPRETATIVA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ES INSUSTITUIBLE PARA LA PRESERVACION DEL CONTENIDO CONSTITUCIONAL DEL DERECHO DE ACCESO A LOS CARGOS Y FUNCIONES PUBLICAS EN CONDICIONES DE IGUALDAD. BAJO LA EXPRESION "CARGOS Y FUNCIONES PUBLICAS" SE ALBERGAN DOS REALIDADES DIVERSAS: EL CARGO REPRESENTATIVO, CUYO CONTENIDO VIENE DETERMINADO POR LA NATURALEZA DEL CARGO A PROVEER Y EL CARGO NO REPRESENTATIVO, CUYO NUCLEO ESENCIAL VA REFERIDO A LA FUNCION PUBLICA PROFESIONAL.