La ordenación urbanística como especificación de la función social del derecho de propiedad

  1. BAUDRIT CARRILLO, LUIS
Zuzendaria:
  1. Francisco de Asís Sancho Rebullida Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad de Navarra

Defentsa urtea: 1977

Epaimahaia:
  1. Javier Hervada Xiberta Presidentea
  2. José Antonio Doral García de Pazos Idazkaria
  3. Eduardo de Cabiedes Gutierrez Kidea
  4. Francisco de Asís Sancho Rebullida Kidea
  5. Pedro Juan Viladrich Bataller Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 1069 DIALNET

Laburpena

El caracter absoluto tradicionalmente atribuido a la propiedad no parece compatible con las restricciones derivadas de la legislacion urbanistica: ? Debe desaparecer tal derecho?. La consideracion social de la propiedad como intrinseca y como modo de ejercicio transindividualista (socializacion del derecho) desdibuja aquel inicial enfrentamiento: el propietario tiene ademas de dentro mismo de su derecho deberes y obligaciones. El urbanismo por su parte ha evolucionado; se ha hecho mas complejo y requiere una amplia planificacion. La planificacion al contemplar cada dominio en su relacion de vecindad y con finalidades quasi-publicas incide intrinsecamente en los derechos transformandolos; los propietarios del suelo al ejercitar su derecho dentro de aquellos limites y cumpliendo al mismo tiempo sus deberes urbanisticos hacen efectivas las metas definidas por los planes; devienen asi de algun modo agentes del desarrollo urbanistico fenomeno que solo se explica y describe como una especifica manifestacion de la funcion social de la propiedad.