La responsabilidad civil delictual
- FALCON CARRERAS, MARIO
- Amadeo de Fuenmayor Director/a
Universidad de defensa: Universidad de Navarra
Año de defensa: 1979
- Fuenmayor Champlin Amadeo De Presidente/a
- Luis Ignacio Arechederra Aranzadi Secretario
- Eduardo Gutierrez de Gabiedes Vocal
- Javier Hervada Xiberta Vocal
- Francisco de Asís Sancho Rebullida Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
LA RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUAL ES UNA OBLIGACION CIVIL PECULIAR QUE SE DISTINGUE DE LAS DEMAS OBLIGACIONES (CONTRACTUALES O EXTRACONTACTUALES) NO SOLOPOR SU ORIGEN SINO TAMBIEN POR SU DISCIPLINA YA QUE SE RIGE POR UN SISTEMA DE DERECHO CIVIL ESPECIAL CUYA PIEDRA ANGULAR ES EL ARTICULO 1092 DEL CODIGO CIVIL. NO EXISTE POR TANTO EN NUESTRO ORDENAMIENTO JURIDICO UN DERECHO UNITARIO DE LOS DAÑOS O RESPONSABILIDADES CIVILES: LA RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUAL NO ES LA RESPONSABILIDAD AQUILIANA EXIGIDA EN VIA CRIMINAL SINO UNA OBLIGACION CIVIL DISTINTA PARA CUYA EXISTENCIA SON REQUISITOS CONSTITUTIVOS UNA TRANSGRESION PENAL DECLARADA EN CONCRETO POR EL JUEZ PENAL COMPETENTE UN DAÑO Y RELACION DE CAUSALIDAD ENTRE LA INFRACCION Y EL DAÑO. SIEMPRE QUE CONCURRAN ESOS REQUISITOS LA OBLIGACION DE RESARCIMIENTO POR LAS NORMAS REGULADORAS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUAL CUALQUIERA QUE SEA LA VIA PROCESAL EN QUE SE EJERZA LA PRETENSION. EL EXAMEN DE JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO CONFIRMA PLENAMENTE ESAS PECULIARIDADES DEL DERECHO ESPAÑOL QUE NO TIENEN CORRESPONDENCIA EN LA MAYORIA DE LOS SISTEMAS JURIDICOS CONTEMPORANEOS.