Las prelaturas personales para emigrantesprincipios, normativa canónica y propuestas de actuación

  1. IBÁÑEZ CARRIÓN EMILIO JOAQUÍN
Dirigida per:
  1. Antonio Viana Tomé Director

Universitat de defensa: Universidad de Navarra

Fecha de defensa: 25 de de setembre de 2003

Tribunal:
  1. Eduardo Molano President/a
  2. Juan González Ayesta Secretari/ària
  3. Antonio Viana Vocal
  4. Joan Fornés Bisquerra Vocal
  5. José Ramón Villar Vocal

Tipus: Tesi

Teseo: 98882 DIALNET

Resum

Hemos examinado en el presente trabajo cómo ha sido configurada canónicamente la cura pastoral a favor de los emigrantes y qué posibilidades de futuro se presentan, a la vista de la previsible evolución del fenómeno migratorio. El método que hemos utilizado ha sido un examen jurídico-positivo de las normas y documentos tanto jurídicos como pastorales establecidas para la pastoral migratoria. Este examen lo hemos realizado dando una serie de pasos, que se corresponden con cada uno de los capítulos. En el primero hemos estudiado la pastoral migratoria en el Concilio Vaticano II. Realmente han sido escasos los textos conciliadores de referencia, como los nn. 6, 65,66,84 y 87 de la Constitución pastorla Gaudium et spes y en el n. 10 del Decreto Apostolicam Actuasitatem. La referencia más importante se encuentra en el n. 18 del Decreto Christus Dominus. Por tanto, hemos realizado un estudio sobre su elaboración basándonos en las Actas del Concilio. Este ha sido el contenido del primer capítulo. Recordemos que en CD 18 se consagra la preocupación de los pastores por la atención espiritual a favor de los fieles emigrantes y de otros grupos de fieles afectados por fenómenos de movilidad humana. En el segundo capítulo hemos estudiado las normas posteriores al Concilio Vaticano II hasta nuestros días, relacionadas con la pastoral migratoria. Nuestra intención ha sido examinar si en este desarrollo normativo posterior se mantienen los mismos criterios organizativos de la pastoral migratoria establecidos durante la preparación del Concilio Vaticano II o si, por el contrario, existe un nuevo enfoque en el modo y en la forma a la hora de establecer la asistencia espiritual de los emigrantes. En el tercer capítulo hemos realizado una síntesis del régimen jurídico del as prelaturas personales. Se trata de conocer de manera sencilla y clara, aunque con cierta profunidad, qué alcance y función pueden realizar este tipo de