Pérez Arriaga: la responsabilidad de los medios en la difusión de las sentencias judiciales
ISSN: 1666-8987
Año de publicación: 1993
Páginas: 966-968
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: EL DERECHO
Resumen
En el presente trabajo se examinó el posible conflicto entre el derecho a privacidad y la libertad de expresión. Se partió, para ello, de un caso jurisprudencial resuelto por la Corte Suprema argentina. En efecto, el 13 de febrero de 1988 tres diarios de Buenos Aires dieron a publicidad una sentencia de divorcio incluyendo el nombre de las partes litigantes. Una de ellas promovió demanda contra dos de aquéllos por violación del derecho a la intimidad y daño moral. Fundó ambas pretensiones en que, si bien se trataba de un leading case, -al ser un expediente de familia que tiene caracter reservado debió mantenerse en secreto el nombre de las parte conforme a lo dispuesto por el art. 64 inc. b) del Reglamento para la Justicia Nacional-. A esto agregó, en una de las demandas, que la información estaba distorsionada bajo un título sensacionalista y no reflejaba lo más relevante del fallo. Tanto en la primera como en la segunda instancia fue acogido el pedido del actor. Denegados sendos recursos extraordinarios interpuestos ante la Corte Suprema el Máximo Tribunal argentino entendió que en el caso existía un "conflicto de derechos" e hizo primar la libertad de expresión sobre el derecho a la privacidad. En el trabajo no se cuestiona tanto la solución como el modo de enfocar el problema. En opinión de los autores, resulta posible conciliar los dos derechos en juego, arribando así a una solución más adecuada, mejor fundada.