La enajenación en el c. 1295 cic 83. Observaciones para su interpretación
- SARABIA CERVERA, IGNACIO
- Gerardo Núñez González Director
Universidad de defensa: Universidad de Navarra
Fecha de defensa: 05 de noviembre de 2002
- Ángel Marzoa Rodríguez Presidente/a
- Jorge Bosch Carrera Secretario/a
- Daniel Cenalmor Palanca Vocal
- Joaquín Calvo Alvarez Vocal
- Gerardo Núñez González Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
En el estudio realizado sobre el C. 1295 CIC 83 se ha observado la evolución del concepto de enajenación a lo largo del tiempo y su significado actual. Se han analizado aquellos elementos textuales que necesitan aclaración, de modo que pueda aplicarse correctamente el régimen de la enajenación de bienes en el ordenamiento canónico. Para esta tarea adquiere una gran importancia el concepto de patrimonio estable, es decir, el conjunto de bienes estatutariamente establecidos. Cualquier operación su suponga una modificación de dicho patrimonio ha de entenderse como enajenación. Al incorporar el ordenamiento canónico el concepto de persona jurídica privada es necesario determinar cómo se han de aplicar los requisitos sobre enajenación a los bienes de estas personas jurídicas. De la lectura del texto se observa que es necesario interpretar a qué tipo de personas hece referencia el nuevo canon.